jueves, 23 de agosto de 2012

ACÓLITO




(Etim. Griego akolouthos, seguidor que ayuda.) 

El hombre que ha recibido de la Iglesia el ministerio de servir el altar y administrar la Eucaristía como ministro extraordinario. El acólito asiste al diácono y al sacerdote al servicio del altar, y ayuda, cuando se le necesite, durante la celebración de la Misa. 
El acólito también puede distribuir la Santa Comunión como un ministro extraordinario en la Liturgia Eucarística y a los enfermos. A un acólito se le puede confiar con la exposición pública del Santísimo Sacramento para la adoración, pero no puede dar la bendición. El acólito puede, hasta donde sea necesario, dar las instrucciones a los otros fieles que ayudan al sacerdote o al diácono a llevar el misal, la cruz, las velas y otras funciones semejantes. 
El ministerio del acólito es reservado para los hombres únicamente y es conferido por el obispo de la diócesis o, en institutos religiosos clericales, por el superior mayor, de acuerdo a los ritos litúrgicos hechos con este propósito por la Iglesia. Las mujeres podrán ser delegadas para hacer algunas de las funciones de los acólitos.
El acolitado es una de las ordenes menores que se reciben camino al sacerdocio. 
El monaguillo hace algunas de las funciones del acólito pero sin haber recibido esta orden menor.


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